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PROPONEN ACTUALIZAR LAS MENCIONES DEL SALARIO MÍNIMO COMO REFERENTE, PARA UTILIZAR EN SU LUGAR LA UMAS.

DIP. JOSÉ ANTONIO ZAPATA MERÁZ, PRESENTÓ LA INICIATIVA PARA REFORMAR LA  LEY DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO URBANO DEL ESTADO

SE BUSCA DARLE PRIORIDAD A LAS PERSONAS DE MENORES INGRESOS EN LA ASIGNACIÓN O ENAJENACIÓN DE SUELO PARA VIVIENDA DE INTERÉS SOCIAL Y POPULAR.

Con la finalidad de actualizar las menciones del salario mínimo como referente, para utilizar en su lugar la Unidad de Medida y Actualización, y con ello, darle prioridad a las personas de menores ingresos en la asignación o enajenación de suelo para vivienda de interés social y popular, el diputado José Antonio Zapata Meráz, presentó la iniciativa para reformar la fracción I del artículo 206, de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de San Luis Potosí.

Explicó que la reforma Constitucional publicada el 27 de enero 2016, estableció claramente que el salario mínimo, no podrá ser utilizado como índice, unidad, base, medida o referencia para fines ajenos a su naturaleza. “Tales reformas se acompañaron también de la expedición de la Ley para Determinar el Valor de la Unidad de Medida y Actualización, en diciembre del 2016; y de la disposición del Legislativo Federal para cambiar las alusiones al salario mínimo por la Unidad de Medida y Actualización en las Leyes.

Destacó que la iniciativa de reforma de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano del Estado de San Luis Potosí, propone establecer en su artículo 206 que la asignación o enajenación de suelo para vivienda de interés social y popular, de propiedad estatal o municipal, deberá cumplir con los requisitos siguientes: “I. Dirigirse a la población con ingresos máximos de hasta cinco UMAs, dando preferencia a las personas con más bajos ingresos”.

El diputado José Antonio Zapata Meráz, señaló que no se puede pasar desapercibido, el efecto sobre aquellos elegibles para la vivienda social en la Ley estatal, que esta modificación conllevaría, pues “La fracción, establece un límite de ingresos máximos de cinco salarios mínimos para las personas que puedan acceder a la vivienda social, por lo que hay que tener en cuenta que el sueldo mínimo general nacional 2019, está determinado en $102.68, mientras que la Unidad de Medida y Actualización se ubica en $84.49. Es decir, en los términos actuales de la Ley, las personas hasta con ingresos mensuales de hasta $15,600,2 pueden acceder asignación de suelo para vivienda de interés social; y con la reforma ese máximo se reduciría a un ingreso mensual de $12 800.3”, precisó.

Más adelante, expuso que al cambiar la medida de referencia, permitirá fortalecer la segunda parte de la fracción, es decir, “que se dará preferencia a las personas con ingresos más bajos. Además, de esta forma, la propuesta cumple con las disposiciones requeridas por la Constitución, y también se traduce en un apoyo focalizado para la vivienda entre aquellos potosinos que perciben menores ingresos”.

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