Generales

PROPONE DIP. EDGARDO HERNÁNDEZ REFORMA PARA QUE INTEGRANTES DE CUERPOS DE SEGURIDAD TENGAN DERECHO A PENSIÓN POR JUBILACIÓN A LOS 28 AÑOS DE SERVICIO

VIVEN BAJO UN PERMANENTE ESTRÉS CON JORNADAS EXTENUANTES Y SIN DESCANSOS, INCLUSO SIN HORARIOS DEFINIDOS

El diputado Edgardo Hernández Contreras presentó una iniciativa de reforma a la Ley de Pensiones y Prestaciones Sociales para los Trabajadores al Servicio del Estado para que la edad para tener derecho a pensión por jubilación, tratándose de integrantes de los cuerpos de seguridad pública estatales y municipales y de procuración de justicia, que realicen funciones operativas o actividades técnicas de apoyo operativo, sea de 28 años o más de servicios derivado del factor de riesgo a que se enfrentan.

Esta situación ya ha sido prevista y considerada dentro de las legislaciones de los municipios de Chihuahua y Querétaro, en donde esto ya es una realidad, y su edad mínima para jubilación es de 25 años de servicio, además de existir una posible conclusión análoga en los estados de Jalisco y Sinaloa, señaló el legislador.

En la exposición de motivos, dijo que el horario a que se encuentran sujetos los integrantes de los cuerpos de seguridad pública estatales y municipales, en su funciones operativas y actividades técnicas, -laboran de acuerdo a las necesidades del servicio- no se encuentra definido en ningún ordenamiento, por lo que desempeñan sus labores en jornadas extenuantes y sin descansos.

Manifestó que el trabajo policial, pericial y de los ministerios públicos, tiende a ser considerado como estresante y peligroso, debido a la exposición que se tiene a la confrontación, la violencia y los incidentes traumáticos, incluyendo la posibilidad de ser herido o fallecer. Entre las actividades realizadas por los policías está el denunciar infracciones, detener delincuentes y hacer cumplir las leyes; y dedican una gran parte de su tiempo a actividades asistenciales y resolución de conflictos entre particulares o la comunidad.

“La policía se ocupa de riesgos reales inherentes a la profesión, los cuales generan estrés y sufrimiento, aunado a ello, ciertos aspectos del trabajo -como es la alta demanda y/o bajo control, el trabajo por turnos, y el frecuente contacto con el ciudadano- es por lo que se define esta profesión como de alto estrés”, expuso.

En la iniciativa se propone disminuir la edad de treinta a veintiocho años para los integrantes de los cuerpos de seguridad pública estatales y municipales, (todos los referidos en el artículo 22 de la Ley del Sistema de Seguridad Pública del Estado de San Luis Potosí) que realicen funciones operativas o actividades técnicas de apoyo operativo, garantizándose un ingreso adecuado para una vida digna y decorosa del trabajador, después de su vida activa.

Deja un comentario...

Administrador

RADIO DIGITAL TAMAZUNCHALE

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *