PLENO DEL PODER LEGISLATIVO APRUEBA CONVOCATORIA PARA ELEGIR TITULAR DE LA UNIDAD DE EVALUACIÓN Y CONTROL DE LA COMISIÓN DE VIGILANCIA
DEL VIERNES 3 AL JUEVES 9 DE MAYO SE RECIBIRÁN LAS SOLICITUDES PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO: DIPUTADA MARITE HERNÁNDEZ CORREA
El pleno del Congreso del Estado aprobó la convocatoria a la ciudadanía para participar en el procedimiento de elección de la persona que ocupará el cargo de Titular de la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia.
El periodo y horario de recepción de solicitudes para participar en este proceso de elección, será del viernes 03 al jueves 09 de mayo del año 2019, en horario de 8:00 a 15:00 horas, informó la diputada Marite Hernández Correa presidenta de la Comisión.
De acuerdo a lo establecido en la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado, los interesados en participar deberán cumplir con los siguientes requisitos:
I. Ser de nacionalidad mexicana y en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles;
II. Tener cuando menos treinta años, y no más de setenta y tres años de edad, el día de su nombramiento;
III. Gozar de buena reputación y no haber sido condenado por delito intencional que amerite pena corporal de más de un año de prisión. Sin perjuicio de lo anterior, si se tratara de robo, fraude, falsificación, abuso de confianza u otro que afecte seriamente la buena fama, inhabilitará para el cargo cualquiera que haya sido la pena;
IV. Haber residido en el Estado durante los dos años anteriores al día de la designación;
V. No haber ocupado un cargo de elección popular, no haber sido titular de dependencias o entidades de la administración pública federal o estatal ni de sus organismos descentralizados, tesorero municipal, delegado municipal, consejero de la judicatura o magistrado, titular o en su caso comisionado de algún órgano constitucionalmente autónomo, ni dirigente de un partido político, y en general no haber dispuesto de recursos públicos, en el año inmediato anterior a la propia designación;
VI. Contar al momento de su designación, con experiencia plenamente
comprobada de al menos cinco años en actividades o funciones relacionadas con el control y fiscalización; política presupuestaria; evaluación del gasto público, del desempeño y de políticas públicas; administración financiera, o manejo de recursos y de responsabilidades;
VII. Poseer al día del nombramiento, título de antigüedad mínima de cinco años y cédula profesional de licenciado en contaduría pública, en derecho o abogado, en administración, administración pública o en economía, o cualquiera otra profesión relacionada con las actividades de fiscalización expedidos por autoridad o institución legalmente facultada para ello, y
VIII. No haber sido inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público, ni removido por causa grave de algún cargo del sector público o privado.
Las personas interesadas deberán presentar solicitud por escrito ante la oficialía de partes del H. Congreso del Estado de San Luis Potosí, ubicada en calle Profesor Pedro Vallejo número 200, Centro Histórico, de esta Ciudad Capital; dirigidas a la Diputada Presidenta de la Directiva del Congreso del Estado, y señalarán, nombre, edad, número telefónico, correo electrónico, y domicilio, para oír y recibir notificaciones.
A las solicitudes, se deberán anexar, sin excepción alguna, original o copia certificada, y copia simple de los documentos que a continuación se enlistan:
A. Acta de nacimiento;
B. Credencial de elector vigente;
C. Título, y cédula, profesionales;
D. Constancia de no antecedentes penales, expedida por la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí;
E. Versión pública del currículum vitae, con documentos comprobatorios, los que deberán ser idóneos para acreditar el cumplimiento de los requisitos y experiencia, exigidos por la ley, y la presente convocatoria;
F. Escrito en el que se expresen los motivos de su participación en este proceso de elección;
G. Constancia de no inhabilitación para ejercer en el servicio público, expedida por la Auditoría Superior del Estado de San Luis Potosí;
H. Escrito que contenga declaración bajo protesta de decir verdad, que conoce y cumple con todos y cada uno de los requisitos de elegibilidad establecidos en la ley, mismos que son señalados en la Base Primera de esta Convocatoria Pública, y por lo tanto, no está impedido para ocupar el cargo de Titular de la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia.
Una vez concluido el plazo de recepción de solicitudes, el Congreso del Estado, a través de la Comisión de Vigilancia, dará a conocer en su portal web www.congresosanluis.gob.mx, sólo para efectos informativos, los nombres de todas las personas que hayan presentado una solicitud para participar en el proceso de elección, sin que con ello se entienda que han quedado inscritos.
Se entenderán inscritas a participar en este proceso de elección, las personas que por acuerdo de la Comisión de Vigilancia, hayan cumplido con la totalidad de los requisitos establecidos por la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado; y del Reglamento Interior de la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia del Congreso del Estado, así como los establecidos en la presente Convocatoria Pública. El Congreso del Estado, a través de la Comisión Vigilancia, publicará en su portal web www.congresosanluis.gob.mx, los nombres y curriculum vitae de los participantes inscritos.
La Comisión de Vigilancia, revisará y apreciará las constancias documentales de cada participante inscrito, y emitirá un dictamen que contendrá una lista con un número no menor de tres candidatos, mismo que presentará a la consideración del Pleno del Congreso del Estado.
De entre las personas aspirantes que integren la lista, el Pleno elegirá por mayoría de sus miembros presentes, a quien deberá fungir como Titular de la Unidad de Evaluación y Control de la Comisión de Vigilancia por un periodo de cuatro años.
Todas las etapas y actuaciones que se deriven del presente proceso de elección, correrán a cargo de la Comisión de Vigilancia, de conformidad con lo establecido por el artículo 92, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas del Estado.
Lo no previsto en la presente Convocatoria, será resuelto por acuerdo de la Comisión de Vigilancia.