DERECHO DE TRABAJADORES A UNA PENSIÓN POR AÑOS DE SERVICIOS PRESTADOS, POR INVALIDEZ, VEJEZ O MUERTE.
El diputado Oscar Vera Fábregat presentará en sesión ordinaria una iniciativa de reforma a la Constitución Federal, para establecer el derecho de los trabajadores de los ayuntamientos a la seguridad social y a acceder a una pensión por años de servicios prestados, por invalidez, vejez o muerte.
La iniciativa propone adicionar un segundo párrafo al inciso a), fracción XI, apartado B, del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos e incorpora, además, la obligación a los ayuntamientos para crear un fondo de pensiones, el cual será constituido por las aportaciones de éstos, y sus trabajadores.
En este sentido, se instruye a los Congresos de los Estados, que al aprobar el Presupuesto de Egresos, deben establecer el monto de los recursos que se destinarán a dicho fondo.
En su exposición de motivos, el legislador señala que un buen número de municipios del país no cuentan con un sistema o mecanismo central responsable del pago de las pensiones a sus trabajadores. Por otro lado, un número muy limitado de sistemas estatales y municipales presentan viabilidad financiera de largo plazo; en ambos grupos, los municipios de San Luis Potosí y el Estado, destacan por semejante crisis.
“Lo más preocupante del tema, además de que al momento de que los trabajadores municipales son sometidos a una serie de procedimientos engorrosos y discrecionales por parte de los Cabildos Municipales, es que las pensiones se cubren exclusivamente a través de gasto corriente, y se desconoce la magnitud del pasivo actuarial.”
Señala que el problema resulta ser por demás compleja, ya que los trabajadores que pretendan ejercer el derecho de pensión, en muchas ocasiones deben recurrir a los tribunales burocráticos a deducir sus derechos, ante la ausencia de procedimientos reales para acceder a tal beneficio.
En segundo lugar, porque toda vez que los trabajadores no cotizan ni aportan cantidad alguna, ni los ayuntamientos destinan un porcentaje presupuestal de sus recursos para tales fines, no existe un fondo de pensiones que soporte las erogaciones que periódicamente, mes con mes, han de cubrirse a los trabajadores que gozarán del derecho de pensión y/o jubilación, generando un boquete financiero que a la postre redunda en detrimento de las arcas municipales; máxime cuando no existen reglas de operación claras para ello.
Agrega que se busca que esta propuesta, de ser aprobada por el pleno del Congreso del Estado, pueda enviarse como iniciativa al Congreso de la Unión para que analice dicha problemática.